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Nombre o Razón Social: VIAJA COMO ERES, S.A. DE C.V.
Registro Federal de Contribuyentes: VCE2412194P9
Domicilio: Moliere no. 61, Colonia Polanco III Sección, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11540, en la Ciudad de México
Teléfono: (52): 55 9754 3834
Correo: [email protected]
a) Nombre del Usuario-Turista (EL CONSUMIDOR):
b) Denominación del paquete:
c) Destino:
d) Duración:
e) Tipo de Transportación, en su caso:
f) Nombre de la Línea Aérea, en su caso:
g) Clase de Hospedaje contratado, en su caso:
h) Guía de turista en su caso, (señalar características):
i) Lugar de visita, en su caso:
j) Precio del paquete:
k) Deposito: $
l) Forma de pago:
1.- Contado: $
2.-En pagos parciales de: $ , que se cubrirán los días del mes de , serán al tipo de cambio, en caso de que estas cantidades se señalen en moneda extranjera, cambio que indique el Banco de México en la fecha que se realice el pago.
“EL CONSUMIDOR” si ( ) no ( ) acepta que “EL PROVEEDOR” ceda o transmita a terceros, con fines mercadotécnicos o publicitarios, la información proporcionada por él con motivo del presente contrato si ( ) no ( ) acepta que “LA AGENCIA” le envíe publicidad sobre bienes y servicios.
Firma o rúbrica de autorización de “EL CONSUMIDOR”
ID:
A. VIAJA COMO ERES S.A. DE C.V.; Declara que su objeto social consiste en: elaborar; organizar y llevar a cabo proyectos; planes e itinerarios turísticos; a reservar espacios en los medios de transportes y en hoteles; expidiendo en delegación de transportistas y hoteleros y a favor de los clientes los boletos o cupones correspondientes; actuando únicamente como intermediaria entre el cliente y las personas físicas o morales proporcionándoles dichos servicios, y que para tal efecto cuentan con la capacidad técnica y administrativa, así como con los elementos materiales y humanos necesarios para contratar por cuenta de EL CONSUMIDOR y a petición de él el servicio al que se refiere este contrato.
B. El cliente acepta que la intervención de VIAJA COMO ERES S.A. DE C.V; Sea única y exclusivamente con carácter de intermediaria entre los prestadores directos de los servicios solicitados y señalados en los cupones de servicios anexos a este contrato.
C. En mérito de lo anterior, ambas partes convienen en que si por causas ajenas a EL PRESTADOR DE SERVICIOS, de fuerza mayor o casos fortuitos como lo son: huelgas, atrasos, (y que no le sean imputables a EL PROVEEDOR), terremotos, conflictos bélicos, etc. (siendo esta lista no taxativa). los servicios contratados no pudieran ser proporcionados parcial o totalmente, VIAJA COMO ERES S.A. DE C.V.; Solo gestionará por cuenta del cliente el reembolso del importe que proceda, quedando relevada de cualquier responsabilidad o compromiso mayor.
D. VIAJA COMO ERES S.A. DE C.V.; Garantiza que los servicios que ampara a los pasajeros ( ) que están confirmados y previamente pagados.
E. No se harán ningún tipo de reembolsos por servicios no utilizados o adquiridos en destino en forma voluntaria por el pasajero.
F. Aéreo: Todos los boletos aéreos emitidos son no reembolsables, no endosables y aplican cargo por cambios. Los cambios y cancelación aéreos deben realizarse con un mínimo de 5 días hábiles antes de la fecha de la salida. Excepciones tarifas promocionales que no permiten cambios.
G. Al adquirir los servicios solicitados a VIAJA COMO ERES S.A. DE C.V.; El pasajero se sujeta expresamente a las condiciones expresadas en esta.
H. Documentos de viaje: El pasajero es responsable de presentar y cumplir con toda la documentación requerida para ingresar o salir de un determinado país por lo cual le recomendamos tener contacto con el consulado del país o países que visita. (Pasaporte con vigencia mínima de 6 meses) Favor consultar sobre visas y vacunas necesarias para el ingreso de cada país.
I. Los gastos o cobros gubernamentales o impuestos de salida no expresados en los documentos emitidos, pueden ser temporales y no necesariamente reportados por VIAJA COMO ERES S.A DE C.V.; Por ello deberán ser cubiertos por el pasajero.
J. Si los pasajeros aquí descritos no adquieren algún tipo de seguro médico de emergencia con la agencia, VIAJA COMO ERES S.A. DE C.V.; No es responsable de los gastos que en su caso se puedan generen por este concepto. Todo gasto deberá ser cubierto por los pasajeros. En caso de requerir el seguro puede solicitarlo con su agente de viajes.
K. Se le informa al pasajero que ante cualquier cambio realizado en su itinerario de vuelo o paquete terrestre tendrá un costo adicional.
L. Los documentos de viajes emitidos por VIAJA COMO ERES S.A. DE C.V.; Solo pueden ser recibidos y aceptados por los pasajeros mencionados en el punto D o por el vendedor de la agencia de viajes intermediaria que represente, quien tendrá la responsabilidad de entregar la documentación e informar correctamente de las condiciones de VIAJA COMO ERES S.A. DE C.V.
M. Para el caso de que el cliente contrate los servicios de VIAJA COMO ERES S.A. DE C.V.; Por cuenta de diversa agencia de viajes, fungiendo la agencia de viajes como intermediaria, ya sea en el interior de la República Mexicana o en el área Metropolitana de la Ciudad de México, la agencia intermediaria tiene la obligación de hacer saber y comunicar por escrito a sus pasajeros acerca de las condiciones de contratación y de todas y cada una de las cláusulas contenidas en el presente instrumento, del mismo modo, la agencia de viajes intermediaria debe hacerle saber al cliente que ellos se adhieren y sujetan invariablemente a este mismas clausulas y a las políticas
N. de reservación y cancelación de los prestadores finales de los servicios.
O. Franquicia de Equipaje:
P. RECUERDE REVISAR 72 HS ANTES DE SU SALIDA LOS REQUISITOS DE INGRESO AL PAIS DE DESTINO
Nuestro contrato se encuentra aprobado y registrado por la Procuraduría Federal del Consumidor bajo el número 5198-2026 de fecha 29 de septiembre del 2026.
Cordialmente
Dirección General
✔ DEJO CONSTANCIA DE HABER RECIBIDO TODOS LOS DOCUMENTOS DE SERVICIO CORRESPONDIENTES Y ESTAR EN COMPLETA CONFORMIDAD CON LOS SERVICIOS Y FECHAS ADQUIRIDAS
✔ Documentos: Corroboré mi documentación necesaria para la salida de México el ingreso a países de destino
✔ El Hotel Contratado Es Categoría
✔ La ubicación de cada hotel se especifica en documentos adjuntos.
✔ Itinerario Aéreo: Corroboré el itinerario aéreo de mi Paquete
✔ Voucher de servicios: Leí y corroboré los documentos entregados para cada Servicio
✔ Información de destino: Corroboré los datos del proveedor a recibirme en cada destino
✔ He comprendido las indicaciones por parte VIAJA COMO ERES S.A. de C.V. para recibir adecuadamente los servicios contratados en cada destino.
ID:
Fecha:
Nombre:
IFE o PP:
Firma:
Teléfono de emergencia de pasajero.
ESTAS CLAUSULAS DEBERAN SER FIRMADAS POR EL PASAJERO/AGENCIA INMEDIATAMENTE DESPUES DE HABER RECIBIDO LOS DOCUMENTOS DE VIAJE PARA PODER LIBERAR LOS SERVICIOS CONTRATADOS EN EL EXTRANJERO.
CUALQUIER VIOLACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO EN PERJUICIO DEL CONSUMIDOR, FRENTE AL CONTRATO DE ADHESIÓN REGISTRADO, SE TENDRÁ POR NO PUESTA, Art. 24 fracción XV. y 86 QUATER LFPC.
I.- Declara “EL PROVEEDOR”:
A) Ser una persona moral constituida con arreglo a las leyes mexicanas; Según consta en la escritura pública número 73,188, de fecha: 18 de marzo de 2025; Pasada ante la fe del Lic. José Luis Villavicencio Castañeda, notario público no. 218 de la Ciudad de México e inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México.
B) “Que el ; En su carácter de representante legal, en este acto interviene con las facultades que le confieren, en el testimonio de la escritura pública número: __________de fecha, otorgada ante la del (la) Lic._____________ notario público no.________de_________, mismo que se encuentra inscrito en el Registro Público de Comercio, bajo el número , y que dichas facultades no le han sido revocadas, modificadas o limitadas a la fecha de firma de este Contrato”, de conformidad con el articulo 27 y 28 de Código Civil Federal.
C) Que se dedica a elaborar, organizar y llevar a cabo proyectos, planes e itinerarios turísticos, reservando espacios en los medios de transporte y hoteles, expidiendo en la delegación de transportistas y hoteleros a favor de LOS CONSUMIDORES, los boletos o cupones correspondientes, actuando únicamente como intermediario, entre EL CONSUMIDOR y las personas físicas o morales proporcionadoras de dichos servicios.
D) Que cuenta con la capacidad, infraestructura, servicios y recursos necesarios para dar cabal cumplimiento a las obligaciones contenidas en el presente contrato.
E) Que cuenta con personal capacitado y responsable para atender las quejas y reclamaciones que se originen de la prestación del servicio o del bien adquirido, para lo cual se señala el teléfono: (52) 55 9754 3834; Con un horario de atención al público de las 10:00 horas a las 19:00 horas, los días lunes a sábado. CORREO: [email protected], de conformidad con el artículo 7 de la LFPC.
F) Para la debida integración de la información, se agrega el tiempo, de respuesta para atender a EL CONSUMIDOR; No será mayor a 15 días naturales de conformidad con el artículo 7 de la LFPC.
G) Que cuenta con autorización de la Secretaria de Turismo para prestar el servicio de AGENCIA, según consta en la cédula turística no. 0409016cf69fd, expedida por dicha autoridad el día: 19 de mayo de 2025.
H) Deberá de exhibir la constancia de inscripción donde se constate el Registro Nacional de Turismo, ello para que obre en el expediente administrativo y para contar con la certeza jurídica del prestador del servicio, de conformidad con el articulo 13 segundo párrafo y 89 de la LFPC y 48 de la Ley General de Turismo.
II.- Declara “EL CONSUMIDOR”:
I) Llamarse como ha quedado plasmado en el proemio de este contrato.
J) Que es su deseo obligarse en los términos y condiciones del presente contrato; Manifestando que cuenta con capacidad legal para la celebración de este contrato.
K) Que su domicilio se encuentra ubicado en: _________________________ ___________________________________________________; Y estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo el número__________________, teléfono: _________________________y correo electrónico: _____________________________.
PRIMERA. OBJETO.- EL PROVEEDOR se obliga a prestar e intermediar a favor de EL CONSUMIDOR, los servicios turísticos señalados en el presente contrato y anexos.
EL PROVEEDOR queda obligado a entregar el original del modelo de contrato de adhesión, itinerario, cupones y comprobante, que firmarán las partes donde consten los términos y condiciones de la contratación (no una copia); Como lo señala el artículo 7 de la LFPC.
SEGUNDA. SERVICIOS.- Detallados en caratula y ANEXO A (cupones, boletos, vouchers) parte integrante del contrato), artículos 13 y 89 LFPC. EL PROVEEDOR se obliga a solicitar los servicios que se especifican en el anverso de este contrato por cuenta de EL CONSUMIDOR de acuerdo a la disponibilidad de los mismos, a contratarlos fungiendo como intermediario entre éste y las personas encargadas de proporcionarlos directamente como transportistas, hoteles, restaurantes, arrendadoras de automóviles, guías de turistas, etc. De conformidad con el artículo 7 de la LFPC.
EL CONSUMIDOR acepta que la intervención de EL PROVEEDOR es exclusivamente con carácter de intermediaria entre los prestadores de servicios solicitados, señalados en el contrato al anverso de este y el propio cliente.
TERCERA. PRECIO.- El precio total del servicio, es el de la caratula con desglose detallado por servicio, precio unitario, impuestos y total. EL PROVEEDOR entregará factura conforme a los artículos 7, 12 y 24 fracción I. de la LFPC.
CUARTA. FUERZA MAYOR.- En mérito de lo anterior, ambas partes convienen en que por si por causa de fuerza mayor o caso fortuito, los prestadores de los servicios contratados, no pudieran proporcionarlos parcial o totalmente, EL PROVEEDOR solo gestionara por cuenta de EL CONSUMIDOR el reembolso del importe que proceda, quedando relevada de cualquier responsabilidad o compromiso.
Ambas partes convienen en que EL PROVEEDOR queda relevado de responsabilidades por daños, heridas, accidentes, retrasos o irregularidades, que sobrevengan, por causas mayor o caso fortuito; Que durante la ejecución de los servicios, pudiera ocurrirle a EL CONSUMIDOR, por no ser la persona directamente encargada de prestar los servicios correspondientes y por ser solo intermediaria entre éstas y los CONSUMIDORES. De conformidad con los artículo 1, segundo párrafo, fracción III, 7, 24 fracción I, 85 y 88 de LFPC.
No son fuerza mayor huelgas, atrasos o incumplimientos imputables a EL PROVEEDOR. No se dejara en indefensión a EL CONSUMIDOR, articulo 1 segundo párrafo fracción III, 7, 24 fracción I, 85 88 de la LFPC.
QUINTA. RESPONSABILIDAD.- EL PROVEEDOR es responsable directo ante EL CONSUMIDOR, aun cuando subcontrate con terceros, para no causar perjuicio al consumidor artículo 1 y 7 de la LFPC.
SEXTA. OBLIGACIONES DE EL CONSUMIDOR.- EL CONSUMIDOR adquiere las obligaciones de:
a) Respetar los reglamentos, reglas o condiciones establecidas por cada uno de los prestadores de servicios contratados por intermediación de EL PROVEEDOR, por lo que EL PROVEEDOR debe hacer del conocimiento de EL CONSUMIDOR las que sean más importantes y en consecuencia declina cualquier responsabilidad que pudiera derivar por su incumplimiento.
b) Proveerse de los pasaportes o documentos de migración requeridos por las autoridades de los Estados Unidos Mexicanos y de los países de destino o de tránsito, tales como visas, permisos sanitarios, etc.
c) En los casos de viajes internacionales, se compromete a presentarse en los aeropuertos y documentarse ante las aerolíneas con dos horas de anticipación, y con una hora en los vuelos nacionales.
SÉPTIMA. MONEDA EXTRANJERA.- Las partes están de acuerdo en que cuando se trate de excursiones o paquetes en el extranjero, se deberán presentar los precios en moneda extranjera y en pesos mexicanos, señalando el tipo de cambio en que están calculados estos últimos, haciendo mención de que el precio de venta será el resultado de la conversión de la moneda extranjera a moneda nacional, al tipo de cambio que fije el Banco de México al momento en que se efectúe el pago; sirviendo este tipo de cambio para todos los efectos consiguientes, incluyendo reembolsos, aplicando el tipo de cambio que se señale en la fecha que se realice éste. Precios en el extranjero se presentaran en moneda extranjera y pesos, señalando el tipo de cambio, Banxico del día de pago para reembolsos, artículos 7 y 7 bis de la LFPC.
OCTAVA. ORDEN DE SERVICIOS.- Por causas justificadas no imputables a EL PROVEEDOR como cierre de atractivos por autoridad o meteorológicas, EL PROVEEDOR podrá modificar el orden respetando cantidad y calidad, con anuencia por escrito de EL CONSUMIDOR, comprobando causa, sin costo adicional, ni indefensión. Conforme al artículo 58 de la LFPC.
NOVENA. CANCELACIÓN POR EL PROVEEDOR.- Cuando EL PROVEEDOR sea quien cancele un viaje o excursión de cualquier naturaleza por causas ajenas a EL CONSUMIDOR y que le sean imputables a EL PROVEEDOR, ésta estará obligado a rembolsar a aquél la totalidad de los anticipos o pagos que haya efectuado más la pena correspondiente según sea el caso de acuerdo a las cláusulas Décima Primera y Décima Cuarta del presente contrato. Si la responsabilidad o causa de la cancelación recae en los prestadores directos de los servicios, EL PROVEEDOR deberá auxiliar a EL CONSUMIDOR a conseguir los servicios que solucionen su emergencia, a que lo trasladen de regreso y desde luego, coadyuvar con el propio CONSUMIDOR para reclamar del prestador directo del servicio los reembolsos y las indemnizaciones que correspondan conforme a la ley, mediando únicamente en la tramitación de tales reembolsos e indemnizaciones. En el caso de que el prestador final de los servicios demuestre la responsabilidad de EL PROVEEDOR, éste debe realizar los pagos a EL CONSUMIDOR que correspondan conforme a la LFPC.
EL PROVEEDOR queda obligado a demostrar que se remitieron los fondos correspondientes y EL CONSUMIDOR queda obligado a demostrar que se entregaron a EL PROVEEDOR.
DÉCIMA. ACEPTACIÓN Ambas partes convienen en que el pago de anticipos o liquidación del importe de los servicios objeto de este contrato por parte de EL CLIENTE, la aceptación o uso de este contrato, cupones, boletos, cortesías, o cualquier otro documento expedido en su favor con motivo del mismo, implica la aceptación de su parte de las condición es generales de contratación a que el presente contrato se refiere, siempre que hayan sido informadas de una manera clara y por escrito.
DÉCIMA PRIMERA- PENA CONVENCIONAL 10% RECIPROCA.- Será causa de rescisión, el incumplimiento. Conforme al artículo 1 segundo párrafo 7 24 fracción I de la LFPC, las penas deben ser razonables, reciprocas, equitativas y proporcionales, sin exceder 10% del costo total. Conforme al artículo 21.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, prohibida pena excesiva que implique explotación del hombre por el hombre que afecte mínimo vital. La parte que incumpla cubrirá 10% del costo total a la otra parte. Si incumple EL PROVEEDOR además clausula Novena y bonificación.
DÉCIMA SEGUNDA. PRESTADORES.- EL PROVEEDOR se reserva el derecho de contratar por cuenta de EL CONSUMIDOR, los servicios a que se refiere este contrato precisamente en las calidades o categorías contratadas, en cuanto a hoteles, transportes y arrendadoras de autos se refiere, salvo que expresamente se convenga que estos serán prestados invariablemente por un proveedor determinado.
En caso de modificación del prestador directo del servicio por otro de calidad equivalente, si EL CONSUMIDOR hace uso del servicio, se entenderá que consintió con dicha modificación y no procederá reembolso alguno.
DÉCIMA TERCERA. RESERVACIONES Y PAGOS.- Requiere deposito al tipo de cambio Banxico por persona para garantizar espacio; Confirmado pago total, EL PROVEEDOR deberá expedir el comprobante desglosado. Toda reservación requiere de un depósito que indicara EL PROVEEDOR, ya sea en moneda extranjera o su equivalente en Moneda Nacional, al tipo de cambio vigente que indique El Banco de México, en el día y hora del pago, por persona para garantizar el espacio aéreo y solicitar servicios terrestres, una vez confirmados todos los servicios deberá ser cubierto el pago final total.
DÉCIMA CUARTA. CANCELACIONES y artículo 56 LFPC.- Las cancelaciones deberán ser por escrito y EL PROVEEDOR dará contestación en un lapso de 48 Horas, y a falta de respuesta se entenderá que la cancelación fue aceptada sin perjuicio de los cargos que a continuación se indican:
EL CONSUMIDOR podrá revocar su consentimiento, por escrito y cancelar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la firma sin responsabilidad directa y con reembolso, conforme al artículo 56 de la LFPC. Posteriores a 5 días: a) Hasta 2 días antes, se cobrara depósito como pena máxima 10% reciproca. b) Dentro de 3 días previos por causa imputable a EL CONSUMIDOR, penalización conforme al prestador final, sin exceder 10% total recíproca, articulo 1 , 24, fracción 1 y 21.3 Convención Americana.
DÉCIMA QUINTA. CAMBIOS.- Cambios por EL CONSUMIDOR, hasta 10 días antes, sujeto a disponibilidad, cargo máximo 25% informado por escrito previamente con consentimiento. Cambios por EL PROVEEDOR por causas justificadas comprobables no imputables, sin costo y con anuencia escrita.
DÉCIMA SEXTA. HOTELES.- Los hoteles previstos para el servicio podrán ser cambiados por otros de la misma categoría o superior por causas justificadas comprobables no imputables a EL PROVEEDOR, informando por escrito y con anuencia. Si categoría inferior, derecho a bonificación y reembolso diferencia.
HORARIO DE HOTELES: El horario de entrada es desde las 15:00 Horas y el Horario de salida es a las 12:00 horas.
DÉCIMA SÉPTIMA. EQUIPAJE Y DOCUMENTACIÓN.-
EQUIPAJE: En servicio terrestre, el equipaje es responsabilidad única de los pasajeros con derecho a transportar una maleta por pasajero. El exceso de equipaje será transportado por cuenta y cargo de los pasajeros.
DOCUMENTACIÓN.- Todos los viajeros deberán llevar su documentación, pasaportes, visados, permisos sanitarios, etc.); Siendo de su total responsabilidad los problemas que pudieran surgir por incumplimiento de esta disposición.
DÉCIMA OCTAVA. OBLIGACIONES DE EL PROVEEDOR.- a) Prestar servicios de calidad; b) Informar correctamente; c) Entregar factura, carátula y Anexo A, d) Respetar precio; e) Respetar 5 días, articulo 56 de la LFPC; f) Responder directamente aunque subcontrate.
DÉCIMA NOVENA. EL PROVEEDOR queda relevada de cualquier responsabilidad derivada de convenios adicionales que se hayan celebrado entre EL CONSUMIDOR y los prestadores directos de los servicios, como son los hoteles, transportes y arrendadores de autos.
DÉCIMA SÉPTIMA.- COMPETENCIA.- La Procuraduría Federal de Consumidor (PROFECO) es competente en la vía administrativa, para resolver cualquier controversia que se suscite, sobre la interpretación o cumplimiento del presente contrato, sin perjuicio de que EL CONSUMIDOR acuda a PROFECO de su localidad, artículos 1, 7, 24, 85, 86 QUATER, 89, 90 de la LFPC. Sin perjuicio de lo anterior, por la vía judicial, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otra, que pudieras corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra razón.
CARATULA: Datos de EL COSUMIDOR, servicios, fechas, precio unitario, impuestos, total, anticipos, firma.
ANEXO A: CUPONES, BOLETOS, VOUCHERS, PARTE INTEGRANTE.
Leído que fue por las partes, el contenido del presente contrato y sabedoras del contenido y alcance legal, lo firman por duplicado en la Ciudad de: el día: del mes de: del año:
POR EL PROVEEDOR
POR EL CONSUMIDOR
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